Tiro Seguro

La ley de SC no da porte de armas al tirador

La Lei 19.781/2026 de SC reconoce el riesgo de la actividad del tirador deportivo, pero no concede porte. El porte sigue en manos de la PF.

La Lei 19.781, del 01/04/2026, reconoce en SC el riesgo de la actividad y la necesidad efectiva del porte al tirador.

La ley no concede porte. Quien lo autoriza es la Policía Federal, por el art. 10 de la ley federal 10.826/2003.

El STF anuló leyes similares de RO, AL, DF, MS, PR, AC, AM y Muriaé. Al 19/10/2026, no hallamos acción contra la de SC.

Vea el texto de la ley y los precedentes del STF en el post. /es

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