Revalidación del CR de CAC
Pida la revalidación del CR en el Portal PF hasta 30 días antes del vencimiento, con informes, certificados y habitualidad al día. Tasa de R$ 50.
Defina si la solicitud es para coleccionismo, tiro deportivo, caza excepcional o más de una. Cada actividad tiene edad mínima y documentos propios, y las armas compradas después solo se pueden usar en la actividad en la que fueron anotadas (apostiladas).
La solicitud se hace con acceso gov.br de nivel plata u oro. Si su cuenta es bronce, suba el nivel antes, por la aplicación o el sitio gov.br. La página oficial recomienda usar el navegador Mozilla Firefox.
Para tiro deportivo, la afiliación a una entidad de tiro registrada es obligatoria. Para caza excepcional, la afiliación a una entidad de caza. El coleccionista está exento. Pida al club la declaración de afiliación actualizada.
Agende la evaluación psicológica con un psicólogo acreditado por la PF y la prueba de capacidad técnica con un instructor acreditado por la PF. El informe psicológico vale hasta 1 año, así que planifique para que no venza antes de la solicitud.
Emita los certificados penales de las cuatro Justicias, de los lugares de domicilio de los últimos 5 años, y agregue los comprobantes de domicilio del mismo período, el de ocupación lícita y la DSA firmada. Todo en PDF legible.
Entre al servicio por la página oficial en gov.br (botón Iniciar), que lleva al Portal PF. Llene la solicitud, elija la actividad, adjunte los documentos y genere el boleto. Después de generar el boleto, la solicitud ya no se puede editar: revise todo antes.
Pague el boleto y siga la solicitud en el mismo sistema. Si hay una notificación de requerimiento, respóndala en hasta 30 días corridos, o la solicitud es negada. Las solicitudes antiguas, abiertas en el Sinarm-CAC, se siguen allí.
Si se aprueba, el CR queda disponible para imprimir en el sistema donde se hizo la solicitud. Si se niega, cabe recurso ante la delegación de la PF, con las razones y el número de solicitud.
Dónde hacer la solicitud: Solicitar el CR en gov.br (Polícia Federal) (se abre en una pestaña nueva)
El Certificado de Registro (CR) es el registro ante la Polícia Federal (Policía Federal) que autoriza a una persona a ejercer las actividades de CAC (coleccionista, tirador deportivo y cazador): coleccionismo de armas, tiro deportivo y caza excepcional. Sin CR no es posible comprar armas para esas actividades, mantener un acervo ni practicar tiro con arma de fuego en un club. Hoy la solicitud se hace en el Portal PF, cuesta R$ 100,00 y el CR vale 3 años.
El CR es el documento que lo inscribe en el Sinarm-CAC, el Sistema Nacional de Armas de la Polícia Federal para coleccionistas, tiradores y cazadores. En él quedan anotadas (apostiladas) sus actividades, los domicilios de guarda del acervo y las armas que usted posee.
Cada arma del acervo tiene también su CRAF (Certificado de Registro de Arma de Fogo, certificado de registro del arma), que vale 3 años para CAC. El CR es su licencia; el CRAF es el documento de cada arma.
Tener CR no es porte. El transporte de las armas exige guia de tráfego (guía de tránsito), siempre con el arma descargada.
La lista oficial (IN DG/PF 311/2025, art. 18) es la misma para las tres actividades, con agregados:
Todo tirador nuevo empieza en el nivel 1 por 12 meses. Para subir, hay que comprobar la habitualidad del nivel deseado y permanecer 12 meses en cada nivel (Decreto 11.615/2023, arts. 35 y 36; IN 311/2025, arts. 59 y 71).
Nivel | Habitualidad cada 12 meses (por tipo de arma) | Armas permitidas | Munición por año |
|---|---|---|---|
1 | 8 entrenamientos o competencias | hasta 4 de uso permitido | hasta 4.000 cartuchos (hasta 8.000 por arma .22) |
2 | 12 entrenamientos y 4 competencias (2 estatales, regionales o nacionales) | hasta 8 de uso permitido | hasta 10.000 (hasta 16.000 por arma .22) |
3 | 20 entrenamientos y 6 competencias (2 nacionales o internacionales) | hasta 16, de las cuales hasta 4 de uso restringido | hasta 20.000 (hasta 32.000 por arma .22) |
El tirador de alto rendimiento (clasificado en el ranking nacional o convocado a Juegos Olímpicos, Paralímpicos o mundiales ISSF/IPSC) puede tener hasta 16 armas, 8 de uso restringido, y 20% más de munición (Decreto 11.615/2023, arts. 38-A a 38-H, incluidos por el Decreto 12.345/2024).
En resumen (Decreto 11.615/2023, arts. 11 y 12): las armas cortas son de uso permitido cuando la munición común tiene hasta 407 joules (300 libras-pie) de energía en la boca del cañón. Las largas rayadas de repetición hasta 1.620 joules, las escopetas de repetición hasta calibre 12 y las carabinas semiautomáticas .22 LR también son permitidas. Por encima de esos límites, las armas automáticas y todas las escopetas semiautomáticas son de uso restringido. La clasificación calibre por calibre está en la Portaria Conjunta C Ex/DG-PF nº 2/2023, modificada por las Portarias Conjuntas nº 3/2024 y nº 4/2025: revise la lista vigente antes de elegir un calibre.
Desde el 1 de julio de 2025, la Polícia Federal (PF) es el órgano que concede el CR, autoriza compras y transferencias, registra las armas del acervo y emite la guía de tránsito de los CAC. El cambio estaba previsto en el Decreto 11.615/2023 y lo organizó la Portaria DG/PF nº 19.040/2025, que habilitó los servicios por etapas entre julio y agosto de 2025. Las reglas de detalle están en la Instrução Normativa DG/PF nº 311/2025, vigente desde el 1 de julio de 2025.
El Exército (Ejército) sigue con algunas funciones: el registro de las entidades de tiro, el análisis final de armas de uso restringido (después de la autorización de la PF), la importación y la recarga de munición. Las tasas de esos servicios siguen siendo las de la Lei 10.834/2003 (Taxa de Fiscalização de Produtos Controlados, tasa de fiscalización de productos controlados).
Esta guía es informativa y no reemplaza la norma oficial ni la orientación de un profesional. Las reglas cambian con frecuencia: revise la versión vigente de la Lei 10.826/2003 (Estatuto do Desarmamento, ley de control de armas), del Decreto 11.615/2023 (con los cambios del Decreto 12.345/2024), de la Instrução Normativa DG/PF nº 311/2025 (modificada por la IN DG/PF nº 322/2025) y las páginas oficiales de la Polícia Federal antes de hacer cualquier solicitud.
Normas y páginas oficiales usadas en esta guía. Consulte siempre la versión vigente.
Respuestas directas a las dudas más comunes sobre este servicio.
La Polícia Federal. Desde el 1 de julio de 2025, la concesión, la revalidación y la fiscalización del CR de coleccionistas, tiradores deportivos y cazadores excepcionales pasaron del Exército (Ejército) a la PF. Los CR emitidos por el Exército siguen válidos hasta su vencimiento.
La tasa federal de concesión es de R$ 100,00 para persona física (Lei 10.834/2003). Además, usted paga al psicólogo y al instructor acreditados por la PF, cuyos valores varían. La compra y el registro de cada arma tienen tasas aparte.
El CR vale 3 años, contados desde la concesión o la última revalidación (IN DG/PF 311/2025, art. 17). Los CR concedidos o revalidados durante la vigencia del Decreto 9.846/2019 mantienen el plazo original, según la IN DG/PF 322/2025.
Para tiro deportivo, 18 años; de 14 a 18 años, solo con autorización judicial, acompañado del responsable y usando armas del club o del responsable. Para coleccionismo y caza excepcional, 25 años. Comprar un arma propia exige 25 años en cualquier actividad.
No. El CR autoriza la actividad y mantener el acervo en el domicilio registrado. El transporte de las armas exige guía de tránsito y se hace con el arma descargada; el porte es otra autorización, con requisitos propios en la Lei 10.826/2003.
Las solicitudes nuevas se hacen en el Portal PF, con cuenta gov.br plata u oro, desde la página oficial del servicio en gov.br. Quien abrió la solicitud antes en el Sinarm-CAC la sigue e imprime el CR allí.
Pida la revalidación del CR en el Portal PF hasta 30 días antes del vencimiento, con informes, certificados y habitualidad al día. Tasa de R$ 50.
Apostillar es registrar en el CR cualquier cambio: actividad, domicilio, lugar del acervo o documento. Plazo de 15 días y tasa de R$ 50.
Antes de comprar un arma, el CAC pide autorización a la Polícia Federal en el Portal PF. Tasa de R$ 25, vigencia de 180 días y límites por nivel.