CAC

Transferencia de arma entre CAC

La venta o donación de un arma entre CAC requiere autorización previa de la Polícia Federal, pedida por quien recibe. El arma se entrega tras el nuevo CRAF.

Documentos necesarios

  • Documento de identidad del adquirente con foto y CPF (número de contribuyente)
  • CR vigente del adquirente en la actividad a la que se destina el arma
  • Certificados de antecedentes penales de las Justicias Federal, Estatal o Distrital, Militar y Electoral
  • Comprobante de ocupación lícita
  • Comprobante de residencia fija
  • Comprobante de capacidad técnica de un instructor acreditado por la PF
  • Informe de aptitud psicológica de un psicólogo acreditado por la PF
  • Declaración de no estar sometido a investigación policial ni a proceso penal
  • Declaração de Segurança do Acervo (DSA, declaración de seguridad del acervo)
  • Termo de transferência de propriedade (documento de transferencia de propiedad), que comprueba el interés del vendedor o donante en la enajenación
  • Tirador deportivo: comprobantes de entrenamientos y competencias (Decreto 11.615/2023, art. 35)
  • Cazador excepcional: autorización del Ibama y del propietario del área
  • Coleccionista: declaración o informe de arma histórica, cuando corresponda
  • Comprobante de pago de la tasa

Paso a paso

  1. Paso 1: Revise quién recibe

    El adquirente debe tener un CR vigente en la actividad, 25 años o más, cupo en el límite de armas de su nivel y, para un arma de uso restringido, estar en una categoría que lo permita (tirador nivel 3, alto rendimiento o cazador excepcional). Un arma histórica de colección solo puede ir a otro acervo de colección.

  2. Paso 2: Revise el arma

    El CRAF del arma debe estar vigente y a nombre del vendedor o donante. Acuerden que el arma solo se entregará después de que se emita el nuevo CRAF a nombre de quien recibe.

  3. Paso 3: Firme el termo de transferência

    Vendedor y comprador firman el termo de transferência de propriedade (documento de transferencia de propiedad), que demuestra el interés del propietario en enajenar el arma (Decreto 11.615/2023, art. 22, § 1º).

  4. Paso 4: Pague la tasa

    Genere la GRU (guía de pago federal) de la tasa según las instrucciones de la página oficial del servicio (generación en el sitio de GRU de la Diretoria de Fiscalização de Produtos Controlados del Ejército, la DFPC) y guarde el comprobante para adjuntarlo.

  5. Paso 5: Envíe la solicitud a la delegacia de la PF

    Según la página oficial (actualizada el 29/07/2026), el adquirente envía la solicitud con todos los documentos por correo electrónico a la delegacia (comisaría) de la PF de su jurisdicción. La lista de correos de las delegacias de control de armas está en el sitio de la PF.

  6. Paso 6: Espere el nuevo CRAF

    Una vez aprobada la solicitud, el CRAF a nombre del adquirente se envía por correo electrónico o se retira en la delegacia. Un arma de uso restringido pasa también por el análisis del Ejército.

  7. Paso 7: Entregue el arma con guia de tráfego

    Solo después del nuevo CRAF el arma puede cambiar de manos. El transporte hasta el acervo de quien recibe exige guia de tráfego (guía de tránsito), con el arma descargada. Si la solicitud se rechaza, puede presentar un recurso por correo electrónico a la delegacia, con los motivos y el número de la solicitud.

    Dónde hacer la solicitud: Ver el servicio de transferencia entre CAC en gov.br (Polícia Federal) (se abre en una pestaña nueva)

Entiende el servicio

La transferencia de arma entre CAC es la venta, donación o permuta de un arma registrada en el acervo de un coleccionista, tirador deportivo o cazador excepcional (CAC) a otro. Depende de una autorización previa de la Polícia Federal (Policía Federal, PF), la pide quien recibe el arma y solo termina con la emisión del nuevo CRAF (Certificado de Registro de Arma de Fogo, certificado de registro del arma) a nombre del adquirente. Solo entonces se puede entregar el arma.

Qué es

Según el Decreto 11.615/2023 (art. 22) y la IN DG/PF 311/2025 (arts. 62 a 65; IN significa Instrução Normativa, instrucción normativa), la transferencia de propiedad de un arma de uso permitido o restringido usada en colección, tiro o caza, por cualquier forma (venta, donación, permuta), requiere autorización previa de la PF. El proceso sigue, en lo que corresponda, las mismas reglas de la compra en tienda: quien recibe debe cumplir todos los requisitos de adquisición.

También existe la transferencia entre acervos del mismo titular (por ejemplo, de caza a tiro), que es un servicio aparte, y las migraciones entre Sinarm-CAC, el Sinarm de defensa personal y el Sigma del Ejército, que siguen un acto conjunto del Ejército y de la PF.

Quién lo necesita

  • Quien recibe (adquirente): hace la solicitud. Necesita un CR (Certificado de Registro, registro de CAC) vigente en la actividad, 25 años o más y cupo en el límite de armas.
  • Quien vende o dona: firma el termo de transferência (documento de transferencia) y solo entrega el arma después del nuevo CRAF.

Límites que debe respetar el adquirente

  • Tirador nivel 1: hasta 4 armas de uso permitido; nivel 2: hasta 8; nivel 3: hasta 16, de las cuales hasta 4 de uso restringido.
  • Tirador de alto rendimiento: hasta 16, de las cuales 8 de uso restringido.
  • Cazador excepcional: hasta 6, de las cuales 2 de uso restringido.
  • Coleccionista: una de cada tipo, marca, modelo, variante, calibre y procedencia.
  • Un arma histórica de colección solo puede transferirse a otro acervo de colección.

Errores comunes que retrasan la solicitud

  • Adquirente sin cupo en el límite del nivel, o sin nivel para un arma restringida.
  • CRAF del arma vencido o con datos que no coinciden.
  • Falta del termo de transferência firmado.
  • Tirador sin comprobantes de habitualidad (práctica regular), después de 12 meses de CR.
  • Entregar el arma antes del nuevo CRAF, lo que deja a ambas partes en situación irregular.

Después de la solicitud

  • Quien recibe revisa el CRAF y guarda el arma según la DSA (Declaração de Segurança do Acervo, declaración de seguridad del acervo).
  • Quien vende verifica que el arma salió de su acervo en el sistema y guarda copia del termo y de la autorización.
  • El nuevo CRAF vale 3 años.

Qué cambió recientemente

  • 1º/7/2025: la PF asume la autorización de transferencias de CAC (IN DG/PF 311/2025).
  • 18 a 29/8/2025: transferencia de propiedad habilitada en la PF, según el estado (Portaria DG/PF 19.040/2025).
  • Diciembre de 2025: en una audiencia en la Asamblea de Minas Gerais, la PF reconoció retrasos en la transición e informó que las tasas todavía siguen la ley del Ejército.
  • 2026: la página oficial indica solicitud por correo electrónico a la delegacia. Servicios como CR y adquisición ya migraron al Portal PF; la transferencia todavía no figuraba entre ellos en octubre de 2026.

¿Quién se encarga de los CAC hoy? ¿Polícia Federal o Ejército?

Desde el 1º de julio de 2025, la Polícia Federal (PF) es el organismo que concede el CR, autoriza compras y transferencias, registra las armas del acervo y emite la guia de tráfego de los CAC. El cambio estaba previsto en el Decreto 11.615/2023 y lo organizó la Portaria DG/PF nº 19.040/2025, que habilitó los servicios por etapas entre julio y agosto de 2025. Las reglas de detalle están en la Instrução Normativa DG/PF nº 311/2025, vigente desde el 1º de julio de 2025.

El Ejército mantiene algunas funciones: el registro de las entidades de tiro, el análisis final de armas de uso restringido (después de la autorización de la PF), la importación y la recarga de munición. Las tasas de esos servicios siguen siendo las de la Lei 10.834/2003 (Taxa de Fiscalização de Produtos Controlados, tasa de fiscalización de productos controlados).

Qué sistema usar en octubre de 2026

  • Portal PF (portal.pf.gov.br, acceso con cuenta gov.br nivel plata u oro): renovación de CRAF desde el 23/07/2026; y, para solicitudes nuevas, concesión de CR, revalidación de CR, autorización de adquisición y registro de arma con emisión de CRAF (páginas oficiales actualizadas en octubre de 2026).
  • Sinarm-CAC (servicos.pf.gov.br, sistema de la PF heredado de la estructura del antiguo SisGCorp): seguimiento de solicitudes iniciadas en él, apostilamento (anotación de cambios en el registro) y guia de tráfego.
  • Correo electrónico a la delegacia de la PF de su jurisdicción: transferencia de arma entre CAC y cambio de nivel de tirador, según las páginas oficiales de esos servicios.
  • SisGCorp del Ejército: dejó de recibir solicitudes de CAC con la transición de 2025. Los documentos emitidos por el Ejército antes de eso siguen vigentes hasta su vencimiento.

Aviso

Esta guía es informativa y no reemplaza la norma oficial ni la orientación de un profesional. Las reglas cambian con frecuencia: revise la versión vigente de la Lei 10.826/2003, del Decreto 11.615/2023 (con los cambios del Decreto 12.345/2024), de la Instrução Normativa DG/PF nº 311/2025 (modificada por la IN DG/PF nº 322/2025) y las páginas oficiales de la Polícia Federal antes de hacer cualquier solicitud.

Fuentes consultadas

Normas y páginas oficiales usadas en esta guía. Consulte siempre la versión vigente.

Preguntas frecuentes

Respuestas directas a las dudas más comunes sobre este servicio.

¿Quién pide la transferencia de arma entre CAC: vendedor o comprador?

El comprador (adquirente). Según la IN DG/PF 311/2025, art. 65, la iniciativa de la transferencia corresponde a quien recibe el arma. El vendedor participa firmando el termo de transferência, que comprueba su interés en la venta.

¿Puedo entregar el arma antes de la autorización de la PF?

No. La entrega solo puede ocurrir después de la emisión del nuevo CRAF a nombre de quien recibe (IN DG/PF 311/2025, art. 64, § 2º). Entregarla antes deja a ambas partes en situación irregular.

¿Cuánto cuesta transferir un arma de CAC?

La página oficial informa una tasa de R$ 88,00 por arma, pagada por GRU. Si hace falta una guia de tráfego pedida por el CAC para el transporte, cuesta R$ 20,00.

¿Un CAC puede vender un arma a quien solo tiene posesión para defensa personal?

Es posible migrar armas entre Sinarm-CAC y el Sinarm de defensa personal o el Sigma, pero por servicios propios y respetando las reglas del destino, como los calibres permitidos para defensa personal. Revise el servicio específico en el sitio de la PF antes de negociar.

¿Un arma de uso restringido puede transferirse entre CAC?

Sí, si quien recibe está en una categoría que permita armas restringidas y dentro del límite: tirador nivel 3 (hasta 4 restringidas), tirador de alto rendimiento (hasta 8) o cazador excepcional (hasta 2). Después de la PF, la solicitud pasa por el Ejército, y el registro solo sale tras su autorización.

¿Y si el CAC muere, qué pasa con las armas?

Los herederos o el albacea deben seguir el art. 29 del Decreto 11.615/2023: comunicar a la PF y dar destino a las armas, por transferencia a una persona autorizada o entrega a la PF. Las armas no pueden quedar con quien no tiene autorización.

Otros servicios de CAC

  • Más buscado

    Certificado de Registro (CR) de CAC

    El CR es el registro ante la Polícia Federal que autoriza coleccionar, practicar tiro deportivo o caza excepcional. Tasa de R$ 100 y validez de 3 años.

  • Revalidación del CR de CAC

    Pida la revalidación del CR en el Portal PF hasta 30 días antes del vencimiento, con informes, certificados y habitualidad al día. Tasa de R$ 50.

  • Apostilamento del CR de CAC

    Apostillar es registrar en el CR cualquier cambio: actividad, domicilio, lugar del acervo o documento. Plazo de 15 días y tasa de R$ 50.