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Autorización de adquisición de arma de fuego
Antes de comprar un arma para defensa personal, pida autorización a la PF por Sinarm: 25 años, certificados, informes y necesidad efectiva.
El arma sigue con el dueño registrado hasta que la PF autorice la transferencia. Entregarla antes puede configurar posesión o portación ilegal para ambos. Si la solicitud es negada, el dueño original sigue siendo responsable del arma.
Pida el CRAF (Certificado de Registro de Arma de Fogo) al vendedor y verifique su autenticidad en la página de la PF. Los registros vencidos o con denuncia de hurto, robo, pérdida o incautación no se transfieren sin prueba de liberación. El arma debe ser de uso permitido para defensa personal.
El comprador o donatario hace la evaluación psicológica y la prueba de tiro con profesionales acreditados por la PF y emite certificados y comprobantes, como en una compra nueva.
Prepare un documento, firmado por las dos partes, que muestre la intención de vender o donar el arma, con los datos del arma (número de serie, número en el Sinarm, marca, modelo y calibre).
Quien recibe el arma entra al servicio Transferir Propriedade de Arma de Fogo en gov.br con cuenta plata u oro, elige la categoría, completa la solicitud, imprime y paga la GRU.
Suba los archivos al final de la solicitud o en Consultar Andamento de Processos (consultar el estado de los trámites). La PF puede pedir documentos extra, una entrevista o una cita presencial.
Autorizada la transferencia, quien recibe imprime el nuevo CRAF a su nombre y la guia de trânsito (guía de tránsito). Solo entonces se entrega el arma y se transporta, descargada, hasta el nuevo lugar de guarda.
Dónde hacer la solicitud: Transferir propriedade de arma de fogo en gov.br (transferir la propiedad del arma) (se abre en una pestaña nueva)
La transferencia de propiedad es la solicitud a la Polícia Federal (Policía Federal, PF) para que un arma de fuego registrada pase legalmente de una persona a otra, por venta, donación o herencia. La regla está en el art. 4º, § 5º, de la Lei 10.826/2003 y en el art. 22 del Decreto 11.615/2023: toda transferencia entre particulares depende de autorización previa de la PF, y quien recibe el arma debe cumplir los mismos requisitos de quien compra un arma nueva.
Es el trámite, hecho en el Sinarm (Sistema Nacional de Armas), que cambia el titular del registro de un arma. Al final, la PF emite un nuevo CRAF (Certificado de Registro de Arma de Fogo, certificado de registro del arma) a nombre de quien recibe y la guia de trânsito (guía de tránsito) para llevar el arma a la nueva dirección.
Puntos clave:
Quien recibe debe tener 25 años o más, certidões negativas (certificados de antecedentes), ocupación lícita, residencia fija, informe psicológico, prueba de tiro y declarar la necesidad efectiva. Para defensa personal, rige el límite de dos armas por persona (art. 15, § 2º, del decreto).
Cuando el dueño de un arma registrada en la PF muere o es declarado incapaz, el art. 29 del Decreto 11.615/2023 ordena al administrador de la herencia o al curador:
Heredar el arma no exime de los requisitos: el heredero que quiere quedarse con ella debe cumplir todo lo que se exige a un comprador. Si el arma no tenía registro federal, la orientación de la PF es entregarla en la campaña de desarme.
Desconfíe de quien quiere entregar el arma antes de la autorización, sin CRAF, sin factura o por internet sin identificarse. Comprar o recibir un arma sin autorización es delito (art. 14 de la Lei 10.826/2003), y un arma con numeración borrada o adulterada nunca puede regularizarse.
Con el nuevo CRAF, el arma pasa a ser suya, con una validez de 5 años para la posesión. Guárdela en una caja fuerte o en un lugar seguro, actualice sus datos en la PF cuando se mude y renueve antes del vencimiento.
Esta guía es informativa y no reemplaza la norma oficial ni la orientación de un profesional. Las reglas cambian: antes de cualquier solicitud, revise la versión vigente de la Lei 10.826/2003 (Estatuto do Desarmamento, estatuto del desarme), del Decreto 11.615/2023 (con los cambios del Decreto 12.345/2024), de la Instrução Normativa 201/2021-DG/PF y las páginas oficiales del servicio en gov.br y en el sitio de la Polícia Federal.
Normas y páginas oficiales usadas en esta guía. Consulte siempre la versión vigente.
Respuestas directas a las dudas más comunes sobre este servicio.
Sí, siempre que la Polícia Federal lo autorice antes de la entrega. Quien compra debe cumplir los mismos requisitos de una compra nueva, como 25 años, certificados de antecedentes, informe psicológico, prueba de tiro y necesidad efectiva.
La solicitud la completa en el Sinarm quien va a recibir el arma. El vendedor aporta su documento de identificación y un documento firmado por las dos partes que pruebe la intención de transferir.
La tasa de la PF es de R$ 88,00, pagada mediante GRU por quien recibe el arma. Se suman el informe psicológico, la prueba de tiro y los certificados de quien recibe.
No. La entrega solo puede ocurrir después de la autorización, según el art. 22 del Decreto 11.615/2023. Entregarla antes puede configurar delito de posesión o portación ilegal.
El administrador de la herencia debe comunicar a la PF en un plazo de hasta 90 días desde el fallecimiento. El arma puede transferirse a un heredero que cumpla los requisitos, con alvará judicial (autorización judicial) o autorización de todos los herederos mayores de edad y capaces, o entregarse a la PF con indemnización.
La página oficial estima unos 30 días corridos de análisis. Los pedidos de documentos o una entrevista pueden alargar el plazo.
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Antes de comprar un arma para defensa personal, pida autorización a la PF por Sinarm: 25 años, certificados, informes y necesidad efectiva.
El CRAF prueba que el arma está registrada a su nombre en la PF. Pídalo en hasta 15 días después de la factura; vale 5 años y solo permite la posesión.
El CRAF de posesión vale 5 años. Renuévelo antes del vencimiento en el Sinarm, con certificados, informes nuevos y tasa de R$ 88 por registro.