Defensa personal

Transferencia de propiedad de arma de fuego

Vender, donar o heredar un arma entre particulares exige autorización previa de la PF. Quien la recibe cumple los requisitos de compra.

Documentos necesarios

  • De quien recibe: solicitud electrónica de transferencia del Sinarm completada y firmada
  • De quien recibe: documento de identidad y CPF (registro de contribuyente)
  • De quien recibe: certidões negativas (certificados de antecedentes) de las Justiças Federal, Estadual (o Distrital), Militar y Eleitoral, según la lista de la PF para su estado
  • De quien recibe: comprobantes de ocupación lícita y de residencia fija, con hasta 60 días de emitidos
  • De quien recibe: laudo psicológico (informe psicológico) y comprobante de capacidad técnica de profesionales acreditados por la PF, con hasta un año
  • De quien recibe: comprobante de pago de la tasa (GRU, guía de pago federal)
  • De quien transfiere: documento de identificación
  • De quien transfiere: documento que pruebe la intención de transferir el arma (por ejemplo, contrato de compraventa o acta de donación), firmado por las dos partes
  • En caso de herencia o incapacidad declarada: alvará judicial (autorización judicial), o autorización firmada por todos los herederos mayores de edad y capaces, con sus documentos de identificación

Paso a paso

  1. Paso 1: Acuerde, pero no entregue el arma

    El arma sigue con el dueño registrado hasta que la PF autorice la transferencia. Entregarla antes puede configurar posesión o portación ilegal para ambos. Si la solicitud es negada, el dueño original sigue siendo responsable del arma.

  2. Paso 2: Revise el CRAF y la situación del arma

    Pida el CRAF (Certificado de Registro de Arma de Fogo) al vendedor y verifique su autenticidad en la página de la PF. Los registros vencidos o con denuncia de hurto, robo, pérdida o incautación no se transfieren sin prueba de liberación. El arma debe ser de uso permitido para defensa personal.

  3. Paso 3: Quien recibe hace los informes y reúne los documentos

    El comprador o donatario hace la evaluación psicológica y la prueba de tiro con profesionales acreditados por la PF y emite certificados y comprobantes, como en una compra nueva.

  4. Paso 4: Formalice la intención de transferir

    Prepare un documento, firmado por las dos partes, que muestre la intención de vender o donar el arma, con los datos del arma (número de serie, número en el Sinarm, marca, modelo y calibre).

  5. Paso 5: Complete la solicitud en el Sinarm

    Quien recibe el arma entra al servicio Transferir Propriedade de Arma de Fogo en gov.br con cuenta plata u oro, elige la categoría, completa la solicitud, imprime y paga la GRU.

  6. Paso 6: Adjunte los documentos y haga el seguimiento

    Suba los archivos al final de la solicitud o en Consultar Andamento de Processos (consultar el estado de los trámites). La PF puede pedir documentos extra, una entrevista o una cita presencial.

  7. Paso 7: Con la aprobación, imprima el CRAF y la guía de tránsito

    Autorizada la transferencia, quien recibe imprime el nuevo CRAF a su nombre y la guia de trânsito (guía de tránsito). Solo entonces se entrega el arma y se transporta, descargada, hasta el nuevo lugar de guarda.

    Dónde hacer la solicitud: Transferir propriedade de arma de fogo en gov.br (transferir la propiedad del arma) (se abre en una pestaña nueva)

Entiende el servicio

La transferencia de propiedad es la solicitud a la Polícia Federal (Policía Federal, PF) para que un arma de fuego registrada pase legalmente de una persona a otra, por venta, donación o herencia. La regla está en el art. 4º, § 5º, de la Lei 10.826/2003 y en el art. 22 del Decreto 11.615/2023: toda transferencia entre particulares depende de autorización previa de la PF, y quien recibe el arma debe cumplir los mismos requisitos de quien compra un arma nueva.

Qué es la transferencia de propiedad

Es el trámite, hecho en el Sinarm (Sistema Nacional de Armas), que cambia el titular del registro de un arma. Al final, la PF emite un nuevo CRAF (Certificado de Registro de Arma de Fogo, certificado de registro del arma) a nombre de quien recibe y la guia de trânsito (guía de tránsito) para llevar el arma a la nueva dirección.

Puntos clave:

  • el arma solo puede entregarse después de la autorización (art. 22, § 2º, del decreto);
  • si la solicitud es negada, el dueño original sigue siendo responsable del arma;
  • la solicitud la hace quien va a recibir el arma;
  • las armas de uso restringido y las armas del Sigma (sistema del Ejército) siguen procedimientos propios.

Quién lo necesita

  • Quien va a vender o donar un arma registrada a otra persona física.
  • Quien va a comprar o recibir un arma usada.
  • El administrador de la herencia o el curador, cuando el dueño del arma muere o es declarado incapaz.

Quien recibe debe tener 25 años o más, certidões negativas (certificados de antecedentes), ocupación lícita, residencia fija, informe psicológico, prueba de tiro y declarar la necesidad efectiva. Para defensa personal, rige el límite de dos armas por persona (art. 15, § 2º, del decreto).

Arma heredada: qué hacer

Cuando el dueño de un arma registrada en la PF muere o es declarado incapaz, el art. 29 del Decreto 11.615/2023 ordena al administrador de la herencia o al curador:

  1. Comunicar a la PF en un plazo de hasta 90 días desde el fallecimiento o la declaración de incapacidad.
  2. Elegir entre transferir el arma a un heredero o a un tercero que cumpla los requisitos, mediante alvará judicial (autorización judicial) o autorización firmada por todos los herederos mayores de edad y capaces, o entregar el arma a la PF a cambio de una indemnización.
  3. Guardar el arma en un lugar seguro hasta la emisión del nuevo CRAF.

Heredar el arma no exime de los requisitos: el heredero que quiere quedarse con ella debe cumplir todo lo que se exige a un comprador. Si el arma no tenía registro federal, la orientación de la PF es entregarla en la campaña de desarme.

Errores comunes que retrasan la solicitud

  • Entregar el arma antes de la autorización.
  • Comprar un arma con registro vencido o con denuncia de hurto o pérdida.
  • Documento de intención sin la firma de las dos partes o sin los datos del arma.
  • Comprador sin informes válidos o con comprobantes vencidos.
  • Herederos que no comunican a la PF dentro de los 90 días.

Cuidado con las estafas

Desconfíe de quien quiere entregar el arma antes de la autorización, sin CRAF, sin factura o por internet sin identificarse. Comprar o recibir un arma sin autorización es delito (art. 14 de la Lei 10.826/2003), y un arma con numeración borrada o adulterada nunca puede regularizarse.

Después de la transferencia

Con el nuevo CRAF, el arma pasa a ser suya, con una validez de 5 años para la posesión. Guárdela en una caja fuerte o en un lugar seguro, actualice sus datos en la PF cuando se mude y renueve antes del vencimiento.

Qué cambió recientemente

  • 21/07/2023: el Decreto 11.615/2023 mantuvo la autorización previa, aplicó al comprador todos los requisitos de adquisición y fijó 90 días para comunicar el fallecimiento o la incapacidad del dueño del arma.
  • 29/11/2024: la Portaria Conjunta COLOG/C Ex e DPA/PF nº 1 pasó a regular la transferencia de armas de calibre restringido para las categorías que pueden tenerlas.
  • 2026: la página oficial del servicio fue actualizada el 09/09/2026, con una tasa de R$ 88,00, un análisis promedio de 30 días corridos y la advertencia de que entregar el arma antes de la autorización puede configurar delito.

Aviso

Esta guía es informativa y no reemplaza la norma oficial ni la orientación de un profesional. Las reglas cambian: antes de cualquier solicitud, revise la versión vigente de la Lei 10.826/2003 (Estatuto do Desarmamento, estatuto del desarme), del Decreto 11.615/2023 (con los cambios del Decreto 12.345/2024), de la Instrução Normativa 201/2021-DG/PF y las páginas oficiales del servicio en gov.br y en el sitio de la Polícia Federal.

Fuentes consultadas

Normas y páginas oficiales usadas en esta guía. Consulte siempre la versión vigente.

Preguntas frecuentes

Respuestas directas a las dudas más comunes sobre este servicio.

¿Puedo vender mi arma a otra persona?

Sí, siempre que la Polícia Federal lo autorice antes de la entrega. Quien compra debe cumplir los mismos requisitos de una compra nueva, como 25 años, certificados de antecedentes, informe psicológico, prueba de tiro y necesidad efectiva.

¿Quién hace la solicitud de transferencia del arma: el vendedor o el comprador?

La solicitud la completa en el Sinarm quien va a recibir el arma. El vendedor aporta su documento de identificación y un documento firmado por las dos partes que pruebe la intención de transferir.

¿Cuánto cuesta transferir un arma de fuego?

La tasa de la PF es de R$ 88,00, pagada mediante GRU por quien recibe el arma. Se suman el informe psicológico, la prueba de tiro y los certificados de quien recibe.

¿Puedo entregar el arma antes de la autorización de la PF?

No. La entrega solo puede ocurrir después de la autorización, según el art. 22 del Decreto 11.615/2023. Entregarla antes puede configurar delito de posesión o portación ilegal.

Heredé un arma. ¿Qué debo hacer?

El administrador de la herencia debe comunicar a la PF en un plazo de hasta 90 días desde el fallecimiento. El arma puede transferirse a un heredero que cumpla los requisitos, con alvará judicial (autorización judicial) o autorización de todos los herederos mayores de edad y capaces, o entregarse a la PF con indemnización.

¿Cuánto tarda la transferencia de un arma?

La página oficial estima unos 30 días corridos de análisis. Los pedidos de documentos o una entrevista pueden alargar el plazo.

Otros servicios de Defensa personal

  • Registro del arma (CRAF)

    El CRAF prueba que el arma está registrada a su nombre en la PF. Pídalo en hasta 15 días después de la factura; vale 5 años y solo permite la posesión.

  • Renovación del registro (CRAF)

    El CRAF de posesión vale 5 años. Renuévelo antes del vencimiento en el Sinarm, con certificados, informes nuevos y tasa de R$ 88 por registro.