Defensa personal

Autorización de adquisición de arma de fuego

Antes de comprar un arma para defensa personal, pida autorización a la PF por Sinarm: 25 años, certificados, informes y necesidad efectiva.

Documentos necesarios

  • Solicitud electrónica de Sinarm completada, impresa y firmada
  • Documento de identidad oficial con foto y CPF (número de contribuyente)
  • Certificados negativos de antecedentes penales de las justicias Federal, Estatal (o Distrital), Militar y Electoral, de los lugares donde vivió en los últimos cinco años, según la lista de la PF para su estado; si no tienen fecha de vencimiento impresa, solo valen si se emitieron en los últimos 60 días
  • Comprobante de ocupación lícita (trabajo o ingresos), emitido hace como máximo 60 días
  • Comprobante de domicilio fijo a su nombre, emitido hace como máximo 60 días; si está a nombre de otra persona, adjunte una declaración de ella de que usted vive en esa dirección y copia de su documento de identidad
  • Informe de aptitud psicológica emitido por psicólogo acreditado por la PF, con como máximo un año desde la evaluación
  • Comprobante de capacidad técnica emitido por instructor de armamento y tiro (IAT) acreditado por la PF, hecho con un arma de la misma especie y de calibre igual o superior al pretendido, con como máximo un año desde la evaluación
  • Declaraciones hechas en el formulario: necesidad efectiva (con los hechos que la justifican), que no responde a una investigación o proceso penal y que tiene caja fuerte o lugar seguro con cerradura para guardar el arma
  • Comprobante de pago de la GRU (Guia de Recolhimento da União, guía de pago federal)

Paso a paso

  1. Paso 1: Revise si cumple los requisitos

    Necesita tener 25 años o más, no responder a una investigación o proceso penal, tener ocupación lícita y domicilio fijo, y poder explicar por escrito por qué necesita el arma (necesidad efectiva). Según el Decreto 11.615/2023, la necesidad no se presume: describa hechos concretos, como la actividad que ejerce, el lugar donde vive o amenazas sufridas.

  2. Paso 2: Elija el arma y el calibre permitido

    La autorización sale a nombre del interesado y para el arma indicada. Para defensa personal solo se autorizan armas de uso permitido. Desde el Decreto 11.615/2023, las pistolas en 9 mm, .40 y .45 son de uso restringido; .380 ACP y .38 SPL están entre los calibres permitidos. Confirme modelo y calibre con la tienda antes del pedido.

  3. Paso 3: Haga los informes con profesionales acreditados

    Agende la evaluación psicológica y la prueba de tiro con psicólogo e instructor acreditados por la PF (las listas están en el sitio de la PF). La prueba técnica debe usar un arma de la misma especie y de calibre igual o superior al del arma pretendida. Los dos informes valen un año desde la evaluación.

  4. Paso 4: Emita certificados y comprobantes cerca de la fecha del pedido

    Consulte en la página de certificados de la PF cuáles exige su estado y emítalos todos a la vez. Los comprobantes de domicilio y de ocupación lícita deben tener hasta 60 días de emitidos, y los certificados sin fecha de vencimiento también valen solo 60 días.

  5. Paso 5: Complete la solicitud en Sinarm y genere la GRU

    Entre al servicio Solicitar Aquisição de Arma de Fogo en gov.br con cuenta nivel plata u oro y elija la categoría Cidadão (ciudadano). El formulario de Sinarm Internet genera la solicitud y la GRU de la tasa. Imprima, firme y pague la GRU (gov.br indica PagTesouro, con Pix, tarjeta o boleto).

  6. Paso 6: Adjunte la documentación

    Suba los documentos al final de la solicitud o después, en la página Consultar Andamento de Processos (consulta del estado de trámites) del sitio de la PF. El envío electrónico es obligatorio. La delegación puede pedir documentos extra, una entrevista o una cita presencial.

  7. Paso 7: Haga el seguimiento e imprima la autorización

    Todas las notificaciones son electrónicas: siga el trámite con el número de la solicitud y el CPF. Si hay un requerimiento, responda en el plazo (la IN 201/2021 prevé diez días). Con la aprobación, imprima la autorización de adquisición en la misma página y solo entonces cierre la compra en la tienda.

  8. Paso 8: Compre y pida el registro dentro del plazo

    Con la autorización en mano, compre el arma en la tienda. Después de la emisión de la factura, tiene 15 días para pedir el registro (CRAF) en el servicio Solicitar Registro de Arma de Fogo. El arma solo se entrega después de registrada, junto con la guía de tránsito para llevarla de la tienda al lugar de guarda.

    Dónde hacer la solicitud: Solicitar la adquisición de arma de fuego en gov.br (se abre en una pestaña nueva)

Entiende el servicio

La autorización de adquisición es el documento de la Polícia Federal (PF, Policía Federal) que permite a una persona física comprar un arma de fuego de uso permitido para defensa personal. Sin ella, ninguna tienda puede vender el arma. El pedido se hace por internet, en Sinarm (Sistema Nacional de Armas, el registro de armas que mantiene la PF), y exige edad mínima de 25 años, certificados negativos, comprobantes de domicilio y ocupación, informe psicológico, prueba de tiro y la declaración de necesidad efectiva.

Qué es la autorización de adquisición

Es la primera etapa para tener un arma en casa de forma legal. La regla está en el art. 4º de la Lei 10.826/2003 (Estatuto do Desarmamento, estatuto del desarme) y en el art. 15 del Decreto 11.615/2023. La autorización:

  • sale a nombre del interesado y para el arma indicada en el pedido;
  • es intransferible: nadie puede usar su autorización;
  • no autoriza a andar armado. Lleva al registro (CRAF, Certificado de Registro de Arma de Fogo, certificado de registro del arma), que permite mantener el arma solo en casa o en el lugar de trabajo, si usted es el titular o responsable legal del establecimiento.

Quién la necesita y quién puede pedirla

Necesita la autorización quien quiere comprar un arma nueva de uso permitido en el comercio, para tenencia en defensa personal. Puede pedirla quien:

  • tiene 25 años o más (art. 28 de la ley y art. 15, I, del decreto);
  • es brasileño o extranjero con residencia permanente;
  • no responde a una investigación policial ni a un proceso penal;
  • tiene ocupación lícita y domicilio fijo;
  • prueba aptitud psicológica y capacidad técnica con profesionales acreditados por la PF;
  • declara la necesidad efectiva y tiene un lugar seguro para guardar el arma.

Cuántas armas y cuánta munición

Para defensa personal, el Decreto 11.615/2023 permite hasta dos armas, con prueba de necesidad efectiva para cada adquisición, y hasta 50 municiones por arma, por año (art. 15, § 2º).

Qué calibres están permitidos

Solo pueden comprarse armas de uso permitido para defensa personal. Para armas cortas, el límite es una energía de hasta 407 julios a la salida del cañón. Según la lista oficial (Portaria Conjunta C Ex/DG-PF nº 2/2023, con cambios), están entre los permitidos el .380 ACP, el .38 SPL, el .32 y el .22 LR. Calibres como 9 mm, .40 S&W y .45 ACP son de uso restringido desde 2023.

Qué es la necesidad efectiva

Es la explicación, por escrito, de por qué necesita un arma en casa. El decreto dice que no se presume: usted debe describir hechos y circunstancias concretas, como la actividad que ejerce, el lugar donde vive o riesgos para su vida y la de su familia (art. 15, § 3º). La PF analiza caso por caso y puede negar el pedido de forma fundamentada.

Documentos exigidos

  • Solicitud firmada.
  • Identidad y CPF.
  • Certificados negativos de antecedentes penales (sin fecha de vencimiento impresa, solo valen 60 días).
  • Comprobante de ocupación lícita y de domicilio, con hasta 60 días de emitidos.
  • Informe psicológico y comprobante de capacidad técnica, con hasta un año.
  • Comprobante de pago de la tasa.

Cuánto cuesta

  • Tasa de la PF: R$ 88,00, por GRU.
  • Psicólogo: tope legal ligado a la tabla del Conselho Federal de Psicologia (consejo federal de psicología).
  • Instructor: tope legal de R$ 80,00 más el costo de la munición.

Errores frecuentes que retrasan el pedido

  • Comprobante de domicilio o de ocupación con más de 60 días.
  • Falta de un certificado, por ejemplo de la justicia Militar o Electoral, o de un estado donde vivió en los últimos cinco años.
  • Prueba de tiro hecha con un calibre menor que el del arma pretendida.
  • Justificación genérica de necesidad, sin hechos concretos.
  • Elegir un arma de calibre restringido, como 9 mm.
  • No seguir el trámite: las notificaciones son solo electrónicas y el plazo corre igual.
  • Pagar el arma antes de tener la autorización.

Después del pedido

Con la autorización aprobada, usted compra el arma en la tienda. Después de la factura, tiene 15 días para pedir el registro. La tienda solo entrega el arma después de que se emitan el CRAF (Certificado de Registro de Arma de Fogo) y la guía de tránsito. Vea la guía de registro y CRAF.

Qué cambió recientemente

  • 21/07/2023: el Decreto 11.615/2023 pasó a exigir necesidad efectiva con hechos concretos, limitó a dos armas y 50 municiones por arma al año para defensa personal y pasó a uso restringido calibres como 9 mm, .40 y .45.
  • 29/08/2024: la Portaria Conjunta C Ex/DG-PF nº 3 incluyó el .38 TPC en la lista de calibres permitidos para armas cortas.
  • 30/12/2024: el Decreto 12.345/2024 modificó el Decreto 11.615/2023, sobre todo en reglas de CAC y en la clasificación de armas largas.
  • Junio de 2025: el STF (Supremo Tribunal Federal) reconoció la constitucionalidad de los Decretos 11.366/2023 y 11.615/2023 en el juicio de la ADC 85.
  • 18/07/2025: la Portaria Conjunta C Ex/DG-PF nº 4 pasó a clasificar como permitidas las armas largas semiautomáticas de calibre hasta .22 LR.
  • 2026: la página oficial del servicio se actualizó el 09/09/2026 y mantiene la tasa de R$ 88,00 y el envío electrónico obligatorio de los documentos.

Aviso

Esta guía es informativa y no reemplaza la norma oficial ni la orientación de un profesional. Las reglas cambian: antes de cualquier pedido, revise la versión vigente de la Lei 10.826/2003 (Estatuto do Desarmamento), del Decreto 11.615/2023 (con los cambios del Decreto 12.345/2024), de la Instrução Normativa 201/2021-DG/PF y las páginas oficiales del servicio en gov.br y en el sitio de la Polícia Federal.

Fuentes consultadas

Normas y páginas oficiales usadas en esta guía. Consulte siempre la versión vigente.

Preguntas frecuentes

Respuestas directas a las dudas más comunes sobre este servicio.

¿Cuál es la edad mínima para comprar un arma de fuego en Brasil?

La edad mínima es de 25 años, según el art. 28 de la Lei 10.826/2003 y el art. 15 del Decreto 11.615/2023. La excepción vale para integrantes de algunas instituciones previstas en el art. 6º de la ley, como las Fuerzas Armadas y las policías.

¿Cuántas armas puedo tener para defensa personal?

Según el Decreto 11.615/2023, hasta dos armas para defensa personal, siempre que pruebe la necesidad efectiva para cada adquisición. La munición se limita a 50 unidades por arma, por año.

¿Puedo comprar una pistola 9 mm para defensa personal?

No. Desde el Decreto 11.615/2023, el 9 mm es un calibre de uso restringido para armas cortas y no puede autorizarse para defensa personal. Calibres como .380 ACP y .38 SPL están en la lista de uso permitido.

¿Cuánto cuesta la autorización para comprar un arma?

La tasa que cobra la PF es de R$ 88,00, pagada por GRU. Además, están los honorarios del psicólogo y del instructor acreditados, que tienen un tope fijado en el art. 11-A de la Lei 10.826/2003, y los posibles costos de certificados.

¿Cuánto tarda la PF en responder el pedido de compra de un arma?

La ley fija 30 días hábiles para que la PF decida, y la página oficial del servicio estima cerca de 30 días corridos. El plazo puede aumentar si hay requerimiento de documentos o una entrevista, por eso siga el trámite en el sitio de la PF.

¿Qué es la necesidad efectiva para comprar un arma?

Es la justificación escrita de por qué necesita el arma, con hechos concretos, como la actividad que ejerce, el lugar donde vive o amenazas. El Decreto 11.615/2023 dice que no se presume, y la PF puede negar el pedido de forma fundamentada.

¿Con la autorización de adquisición puedo andar armado?

No. La autorización lleva al registro (CRAF), que solo permite mantener el arma en casa o en el lugar de trabajo, si usted es el titular o responsable legal. Andar armado exige porte (permiso de portación), que es otro pedido, excepcional, a la PF.

Otros servicios de Defensa personal

  • Registro del arma (CRAF)

    El CRAF prueba que el arma está registrada a su nombre en la PF. Pídalo en hasta 15 días después de la factura; vale 5 años y solo permite la posesión.

  • Renovación del registro (CRAF)

    El CRAF de posesión vale 5 años. Renuévelo antes del vencimiento en el Sinarm, con certificados, informes nuevos y tasa de R$ 88 por registro.