El STF confirma el plazo más corto del CR y del CRAF: qué cambia para el CAC
Validez del CRAF de CAC: el 26/09/2026, el STF validó los plazos de 3 y 5 años también para registros antiguos. Vea a quién afecta y qué hacer.
Foto: Pedro França/Agência Senado, CC BY 2.0, via Wikimedia Commons.El 26 de septiembre de 2026, el Supremo Tribunal Federal (STF, corte suprema de Brasil) decidió que los plazos de validez más cortos del Decreto 11.615/2023 también se aplican a los registros de armas emitidos antes de él. Para el CAC (coleccionista, tirador deportivo y cazador excepcional), la validez del Certificado de Registro de Arma de Fuego (CRAF) es de 3 años; en los demás casos, de 5 años. La decisión tiene repercusión general (Tema 1483 del STF) y debe ser seguida por los demás tribunales.
Atención: este texto es informativo y no sustituye la orientación jurídica ni a la Policía Federal.
¿Qué decidió el STF?
El juicio se realizó en el Pleno Virtual, en los Recursos Extraordinarios (RE) 1616922 y 1616090, presentados por la Unión. La sesión comenzó el 18 de septiembre de 2026, y la decisión consta en el trámite del RE 1616922 el 26 de septiembre de 2026.
La tesis fijada fue: "Es constitucional la reducción de los plazos de validez del Certificado de Registro (CR) y del Certificado de Registro de Arma de Fuego (CRAF) prevista en el Decreto nº 11.615/2023, que se aplican también a los certificados expedidos bajo la reglamentación anterior, observadas las reglas de transición pertinentes".
Según el trámite, la repercusión general se reconoció por unanimidad y, en el fondo, la jurisprudencia se reafirmó "por mayoría", sin manifestación del ministro André Mendonça. La noticia del STF del 9 de octubre de 2026 habla de unanimidad.
¿Por qué el caso llegó al STF?
El Tribunal Regional Federal de la 5ª Región (TRF-5) había mantenido los plazos originales de 10 años para los certificados ya emitidos. Para el TRF-5, el nuevo plazo solo se aplicaría en las próximas renovaciones.
El presidente del STF, ministro Edson Fachin, recordó que la Corte ya había validado el decreto en la Acción Declaratoria de Constitucionalidad (ADC) 85. Según él, el plazo de validez "no es un derecho definitivamente incorporado al patrimonio de sus titulares", de acuerdo con la noticia oficial del STF.
¿A quién afecta y qué hacer?
La decisión ordena respetar "las reglas de transición pertinentes". Al 19 de octubre de 2026, eran estas:
Documento | Regla vigente | Qué hacer |
|---|---|---|
CRAF de CAC emitido antes del 21/07/2023 | 3 años contados desde el 21/07/2023 (art. 80, párrafo único, del decreto); renovación según el calendario de la IN 330 | Pedir la renovación hasta la fecha correspondiente a su mes de cumpleaños |
CRAF de tenencia emitido antes del decreto | 5 años, si al 21/07/2023 había transcurrido menos de la mitad del plazo original (art. 80) | Pedir la segunda vía para tener el documento con la nueva validez, como indica la PF sobre el CRAF con nueva validez |
CR de CAC concedido o revalidado bajo el Decreto 9.846/2019 | Mantiene el plazo concedido originalmente (IN DG/PF nº 322, DOU del 05/01/2026) | Verificar la fecha en el propio CR |
La decisión del STF no revocó la IN 322 (instrucción normativa de la Policía Federal). Hasta el 19 de octubre de 2026, el Diário Oficial da União (boletín oficial de Brasil) no publicaba una nueva norma de la PF posterior al juicio.
El CAC nacido en octubre tiene plazo hasta el 3 de noviembre de 2026 para pedir la renovación del CRAF antiguo. Vea el calendario completo en renovación del CRAF de CAC en 2026.
¿Y si el CRAF ya venció?
Según el art. 26 del Decreto 11.615, la Policía Federal (Polícia Federal, PF) notifica al titular, que tiene 60 días para renovar, transferir o entregar el arma. Vea qué hacer con el CRAF vencido.











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